
Las SLAPP o la guerra judicial a la verdad[i]
Por Dardo Gómez Ruiz-Díaz[ii]
Las llaman Demandas Estratégicas contra la Participación Pública y con ellas se exigen fuertes multas o sanciones penales con el fin de acallar a quienes protegen los derechos humanos, luchan por preservar el clima o defienden las tierras de sus malas prácticas. Estas demandas abusivas minan el derecho de la ciudadanía a saber.
El 16 de octubre de 2017, la periodista maltesa Daphne Caruana Galizia fue asesinada mientras regresaba a su casa en la isla de Malta; le habían colocado una bomba lapa en el chasis de su coche. La periodista había sido clave en el capítulo de la investigación los llamados Papeles de Panamá, referidos a los casos de corrupción en los que se hallaba implicado el Gobierno de Malta y su primer ministro Joseph Muscat, que había sido elegido en las elecciones generales de marzo de 2013 y que repitió ese éxito electoral en junio de 2017.
Ese mismo año, Daphne Caruana publicó en su blog que Michelle Muscat, esposa del primer ministro, era la última beneficiaria de una empresa secreta en Panamá. A partir de allí creció la presión sobre la periodista, y a las amenazas anónimas se sumaron decenas de demandas judiciales que pretendían impedirle seguir informando.
A pesar de todos esos acosos, ella continuó con sus investigaciones y publicando información sobre las vinculaciones que tenían las autoridades de la administración maltesa con los papeles de Panamá. Llegó a acusar directamente al jefe de Gabinete del primer ministro, Keith Schembri. Una de sus últimas frases fue: “Hay criminales allá donde miras. La situación es desesperada”.
En las antípodas de Malta y años antes, en 1991, el joven Julian Assange fue detenido en su casa de Melbourne por la Policía Federal Australiana acusado de acceder ilegalmente desde varios ordenadores de una universidad australiana, a una compañía de telecomunicaciones y a otras organizaciones. Fue su acto de declaración como defensor de la libre circulación de la información y auspiciaba lo que hoy conocemos como “derecho humano a la verdad”.
Ocho años después, Assange registró el dominio wikileaks.org, que mantuvo latente hasta que en 2007 anunció el lanzamiento oficial del sitio como un lugar seguro para los denunciantes que quisieran brindar documentos secretos para su difusión pública. “Es un sistema incensurable que permite la filtración masiva e imposible de rastrear de documentos y su análisis público”, decía.
Pero el martirio de Julian Assange comenzaría el 21 de agosto de 2010 cuando por indicaciones de la policía sueca, la fiscal Maria Häljebo ordenó el arresto de Assange acusado de la violación de Anna Ardin, persona vinculada a la oposición cubana. La fiscal retiró la acusación a las pocas horas declarando que no había motivos para sospechar que él estuviera implicado en una violación. Sin embargo, en septiembre de ese año la fiscal superior sueca, Marianne Ny, consideró que había razones para creer que ese delito se había cometido, y ordenó reabrir la investigación preliminar contra Assange por un presunto delito de violación.
El enjuiciamiento siguió adelante y el fundador de WikiLeaks permaneció encarcelado desde el 11 de abril de 2019 hasta el 24 de junio de 2024 en la prisión británica de alta seguridad de Belmarsh (Reino Unido), tras verse privado del refucio de la embajada de Ecuador en Londres por las presiones de Estados Unidos. En Belmarsh ha esperado, incomunicado y en un entorno terrible, la decisión final sobre libertad dictada por la justicia británica el 17 de junio de 2022.
De haber sido extraditado la justicia estadounidense lo hubiera procesado por 18 delitos relacionados con conspiración para la intrusión informática y revelación de documentos clasificados, lo que hubiera podido acarrearle una condena 175 años de cárcel por el simple acto de ejercer el periodismo de investigación en favor de la ciudadanía.
¿Qué había hecho el periodista australiano para merecer esta persecución? En abril de 2010 había dado a conocer un vídeo clasificado del ejército estadounidense donde se ve un helicóptero Apache de esa fuerza disparando y matando a dos periodistas y a varios civiles iraquíes en 2007. Además de difundir en meses siguientes documentos que refirmaban actos de lesa humanidad de esas fuerzas en Medio Oriente.
Tras tanto martirio, por un acuerdo que alcanzaron sus defensores, Assange aceptó declararse culpable de un delito de espionaje -que nunca cometió- ante un tribunal de las Islas Marianas del Norte, un territorio/colonia estadounidense en el Pacífico, y aceptar una pena de 62 meses de cárcel. No entraría en prisión ya que se le reconocería el tiempo que ha estado encarcelado en Reino Unido.
En su primera rueda de prensa tras su puesta en libertad, el periodista australiano señaló que su libertad no se había debido a que “haya funcionado el sistema”, sino porque “me he declarado culpable de haber hecho periodismo”.
La presidenta de la FIP, Dominique Pradalié, al conocer su puesta en libertad ha declarado: “Julian Assange ha sido liberado. Esta es una victoria para el derecho a informar y a ser informado. Es una victoria para los periodistas de todo el mundo”.
Mientras que el secretario general de la misma organización, Anthony Bellanger, señalaba: “El intento de procesamiento de Julian Assange proyecta una oscura sombra sobre los periodistas, en particular sobre los que cubren asuntos de seguridad nacional. Si Assange hubiera ido a la cárcel para el resto de su vida, cualquier reportero al que se le entregara un documento clasificado temería enfrentarse a un destino similar”.
Esto es una SLAPP
Los dos mencionados son casos emblemáticos de informadores que se ven hostigados en sus trabajos por demandas judiciales que pretenden algo tan sencillo y tremendo como taparles la boca y que la ciudadanía no llegue a conocer casos de corrupción o, más simple aún, la verdad de las actividades ilícitas de personajes poderosos.
Estas prácticas infames se conocen como SLAPP (Strategic Lawsuits Against Public Participation) o Demandas Estratégicas contra la Participación Pública (DECPP), y son acciones judiciales abusivas que se incoan con el objetivo de evitar la participación activa de la ciudadana en aquellos temas de interés público.
Michelle Bachelet, siendo Alta Comisionada para los Derechos Humanos de la ONU señaló al respecto “Cuando los/as defensores/as de derechos humanos sienten temor de cuestionar los reportes acerca de las transgresiones y los déficits que observan, esto afecta a la sociedad en su conjunto.”
“Los litigios estratégicos contra la participación pública (SLAPP) tienen exactamente ese efecto: Pueden imponer en ocasiones multas significativas y sanciones penales, con la consecuente intimidación de los/as defensores/as de derechos humanos y detener su tarea de dar luces sobre temas críticos. Es nuestra responsabilidad compartida prevenir que las SLAPP minen el derecho de todos y todas a saber.”
Algunos poderes de los Estados y distintos partidos políticos de todos los continentes las han utilizado y las han convertido en la práctica preferente de actores empresariales inescrupulosos para frenar a quienes se preocupan por sus malas prácticas de producción y/o comercialización cuando éstas atentan contra los derechos de la ciudadanía. Las SLAPP puede tomar la forma de denuncia penal o de demanda civil para intimidar y silenciar a los críticos mediante este uso abusivo del sistema legal.
El volumen de las indemnizaciones o penas que se suelen solicitar tienen capacidad suficiente como para amedrentar a quienes denuncian o investigan sus malas praxis y, al mismo tiempo, drenar los recursos de comunidades u organizaciones de defensores ambientales y periodistas preocupados por la vigencia de los derechos humanos. El impacto de las SLAPP tiene también como efecto secundario, el de paralizar y disuadir de esa lucha a otros miembros de la comunidad para que se inhiban de denunciar abusos de ese tipo.
Las multinacionales detrás de esos abusos
En junio de 2021 el Centro de Información sobre Empresas y Derechos Humanos con sedes en Inglaterra, Gales, Estados Unidos y Alemania difundió su primer informe sobre estas acciones judiciales entabladas por actores empresariales en todo el mundo. Ese informe acumula 355 casos incoados desde 2015 en distintos países del mundo; pero señala que con probabilidad esta cifra sea sólo “la punta del iceberg si reconocemos los desafíos de identificar los casos de SLAPP y de vincularlos con las empresas involucradas”.
Según señala el mismo informe, estos casos han sido impulsados por empresas de diversos sectores, pero de manera principal por aquellos dedicadas a la explotación minera, la agroindustria y la producción maderera, ocupando un espacio importante entre ellas las impulsadas por empresas dedicadas a la industria del aceite de palma.
La información sobre la cantidad pretendida por daños en estas demandas sólo alcanza a la revisión de datos públicos disponibles en 82 casos, pero ya suman más de 1.500 millones de dólares en demandas.
Los casos de SLAPP comprobados en ese estudio han sido viables gracias a acuerdos de los demandantes con gabinetes de juristas o abogados especializados en este tipo de denuncias que acuerdan representar a esas empresas para proteger sus malas actuaciones. “Identificamos a un total de 19 firmas de abogados y abogadas involucrados en estos casos que tienen el sello de las SLAPP”, señalan en el informe mencionado.
La investigación identifica a algunos perpetradores reincidentes tales como Thammakaset (Tailandia), Inversiones Los Pinares (Honduras), MMG Limitada Las Bambas (Perú) y Lydian Armenia (Armenia).
Hasta ahora pocos Gobiernos han tomado medidas para detener estas prácticas abusivas por medio de la aprobación de leyes anti-SLAPP; sólo las han adoptado Estados Unidos, Canadá, Australia, Filipinas, Indonesia y Tailandia. Tales normas son una herramienta vital para proteger a los/las defensores/as de los efectos de las SLAPP y deberían ser aprobadas por todos los gobiernos como parte de su deber de proteger los derechos humanos.
Desde 2015, el Centro de Información sobre Empresas y Derechos Humanos (Centro de Recursos) identificó más de 3.100 ataques en el mundo contra líderes y lideresas comunitarias, labriegas, trabajadoras, sindicalistas, grupos de la sociedad civil y otros/as defensores/as que habían manifestado preocupaciones por casos de prácticas empresariales irresponsables.
Más del 40 por ciento de estos ataques se hicieron en la forma de acoso judicial que incluyó el uso de una variedad de tácticas legales, tales como las denuncias penales y demandas civiles, la detención arbitraria con complicidad de las fuerzas de seguridad y la justicia, citaciones a comparecer y cargos fabricados por parte de los gobiernos y los actores empresariales.
Muchos defensores sufren juicios injustos y se les detiene en condiciones inhumanas y degradantes. Las acciones judiciales abusivas contra la participación pública (SLAPP) son una táctica utilizada por los actores empresariales dentro del contexto amplio del acoso judicial.
Las SLAPP se disfrazan de demandas ordinarias, pero en esencia constituyen un abuso del sistema legal. Tienen efectos adversos significativos en aquellos que trabajan en el interés público, incluyendo el intento de debilitar su activismo y agotar sus recursos, además de que pueden tener consecuencias personales y colectivas al mermar el trabajo de las organizaciones de derechos humanos. A menudo van tras los defensores que han expresados una crítica de un acto empresarial o por haber publicado un reportaje, participado en un evento o una entrevista, lanzado una campaña, organizado una manifestación o publicado su protesta en las redes sociales.
Las SLAPP están cercando las redacciones
Los periodistas son algunos de los colectivos de extrema vulnerabilidad para estas demandas, por lo cual las organizaciones de informadores son de las más activas en tratar de adquirir capacidades o herramientas para prevenir sus efectos. Ellas han reclamado de las instituciones internacionales que contribuyan a esa preparación mediante formación específica de los juristas contra esta innovación de la censura.
En el momento de su asesinato la periodista maltesa Daphne Caruana Galizia acumulaba 47 denuncias SLAPP por haber expuesto al mundo el problema para los informadores que generaban este tipo de demandas.
El asesinato de la periodista maltesa sirvió de acicate a las organizaciones no gubernamentales que venían observando estas demandas con preocupación y que decidieron crear la Coalición contra las SLAPP en Europa (Coalition Against SLAPPs in Europe – CASE), una coalición en la cual, ahora, se integran decenas de ONG. Esta coalición se ha comprometido a continuar la lucha de Daphne Caruana con tres objetivos:
—exponer las SLAPP y a quienes las utilizan,
—desarrollar resiliencia ante las SLAPP,
—y abogar por una reforma legal para prevenir las SLAPP.
En su web[iii] la organización tiene alojada una página titulada “La galería de la vergüenza”, en la que expone como presentación: “Es hora de recuperar la vergüenza. Es hora de quitar la fachada de respetabilidad legal y exponer las tácticas agresivas de intimidación que se esconden debajo. Es hora de mostrar las caras de algunos de los peores matones legales de Europa”.
La nueva Directiva Wölken-Bolaños García, puede ser la solución
El 27 de febrero de 2024, tras un largo periplo sorteando la presión de los distintos lobbys y/o negociando con la oposición de algunos poderes judiciales de los países miembro de la UE, el Parlamento Europeo sancionó la propuesta de Directiva del propio Parlamento y del Consejo para Protección de las personas que realizan actos de participación pública frente a las demandas judiciales manifiestamente infundadas o abusivas. O sea, la protección de la ciudadanía contra las SLAPP.
La nueva Directiva da luz verde a una serie de normativas para proteger a periodistas y activistas europeos de pleitos abusivos destinados a silenciarlos. La legislación, que en su debate ha recibido numerosas críticas tanto por la demora en su adoptación como por su supuesta tibieza, había sido acordada con los gobiernos de la UE en noviembre de 2023.
La nueva Directiva se inspira en la resolución del Parlamento de 2021 que, a su vez, inspiró la propuesta de la Comisión del 27 abril de 2022 aprobada en la misma fecha que es la que ha llegado a buen puerto y que aporta protecciones como éstas:
—Define una serie de herramientas esenciales para luchar contra este tipo de procedimientos judiciales (SLAPP), siempre y cuando estén relacionados con asuntos civiles y tengan implicaciones transfronterizas.
—El sobreseimiento anticipado de un proceso judicial manifiestamente infundado. En estos casos, los tribunales podrán anticipar el sobreseimiento del proceso. En cuyo caso, la carga de prueba recaerá en el/la demandante.
—Los costes procesales, cuando el caso se desestime por abusivo, serán para el/la demandante, incluidos los honorarios de los abogados del demandado.
—Se reconoce el derecho de la persona demandada a una compensación total por los daños materiales e inmateriales que pueda sufrir.
—Reconoce la posibilidad de sanciones disuasorias para quienes presenten demandas de este tipo ante los tribunales.
—Los Estados miembro no reconocerán las sentencias de SLAPP cuando éstas procedan países ajenos a la UE y sean contra una persona domiciliada en un Estado miembro, si el procedimiento es manifiestamente infundado o abusivo con arreglo a la legislación de ese Estado.
—La persona demandada puede solicitar la compensación de los daños y perjuicios y de las costas en el Estado miembro en el que éste esté domiciliado.
Sin embargo, no está todo dicho…
Como corresponde la Directiva anti-SLAPP ha entrado en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la UE, pero los Estados miembros disponen de dos años para incorporar las normas dictadas a sus sistemas nacionales de justicia. Las directivas forman parte de la legislación secundaria de la UE y, por lo tanto, son aprobadas por las instituciones de la UE de conformidad con los tratados preexistentes. Cuando los Estados miembros de la UE las transponen a sus sistemas adquieren el rango de ley en cada uno de los Estados miembros.
El artículo 288 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea establece que esta directiva es vinculante en cuanto al resultado que debe alcanzarse, y deja al mismo tiempo a la discreción de las autoridades nacionales la elección de la forma y los métodos para conseguirlo. Éste es su talón de Aquiles, ya que afecta a los códigos judiciales de los países, muchos de los cuales deberían ser reformados para introducir las nuevas garantías que recomienda Europa.
Esto es lo que marca la normativa europea, pero debemos tener en cuenta que el recorrido de algunas normas europeas para alcanzar su transposición, por lo menos en España, han debido superar obstáculos locales que dilataron su implantación.
David Casa, que ha sido el primer eurodiputado en impulsar la Ley Daphne a principios de 2018 ha señalado tras su aprobación final “Que la Ley Daphne sea ahora una realidad es un logro sustancial. Pero ahora debemos asegurarnos de que sea digna del nombre que se le ha dado, también garantizando una transposición que atienda todos los casos de SLAPP, incluso los que son totalmente nacionales”.
La misma inquietud ha sido manifestada en su evaluación de la ley la Coalición contra las SLAPP en Europa (CASE) y lo mismo ha hecho la directora de la Federación Europea de Periodistas (FEP), Renate Schroeder. Ambas organizaciones ponen sus miradas e inquietudes sobre el proceso de transposición de la Ley Daphne a las legislaciones nacionales, que es donde seguramente se cebarán los lobbys internacionales y locales para tratar de sortearla y continuar impunemente con sus ataques a las libertades de expresión y/o información.
Se ha ganado una gran batalla por las libertades de expresión y de información, pero la guerra continúa…
[i] Este artículo se publica por gentileza de “El observador”, de Málaga (España)
[ii] Dardo Gómez Ruiz-Díaz. Periodista y coautor del libro “La guerra judicial a la verdad” (Ediciones Akal) de próxima aparición.